viernes, 2 de septiembre de 2011

ACTUALIZACION DE RUT

A TRAVÉS DEL DECRETO 2820 DE 2011, EL
GOBIERNO NACIONAL MODIFICA REQUISITOS
PARA INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL RUT
· Se suprimen requisitos para la inscripción o actualización del RUT
para las personas naturales que no son responsables del impuesto
sobre las ventas régimen común, ni importadores ni exportadores.
· Las personas jurídicas pueden inscribirse en el RUT o actualizarlo
con la constancia de titularidad de una cuenta de corriente o de
ahorros.
· La titularidad de la cuenta corriente o de ahorros que se debe
presentar en la inscripción o actualización de los consorcios y
uniones temporales podrá corresponder a alguno de sus miembros.
Bogotá, D. C., agosto 09 de 2011. El Gobierno Nacional en
ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, modificó el Decreto
Reglamentario 2645 de 2011, en el que se establecen los requisitos para
la formalización de la inscripción y actualización del Registro Único
Tributario.
El ajuste tiene como fin facilitar la inscripción y la actualización de las
personas jurídicas y de las naturales no responsables del Impuesto sobre
las Ventas Régimen Común y que no sean importadores o exportadores.
Formalización de la inscripción en el Registro Único Tributario.
La inscripción se podrá realizar personalmente por el interesado o por
quien ejerza la representación legal a través de apoderado, presentando
los siguientes documentos:
-Para personas jurídicas: fotocopia del documento mediante el cual
se acredite su existencia y representación legal, fotocopia del documento
de identidad de quien realiza el trámite con exhibición del original,
constancia de titularidad de una cuenta corriente o de ahorros activa
o último extracto y fotocopia de un recibo de servicio público domiciliario con
exhibición del original o boletín de nomenclatura catastral o última
declaración o recibo del impuesto predial pagado.
- Para personas naturales: fotocopia del documento de identidad
de quien realiza el trámite con exhibición del original y fotocopia de un
recibo de servicio público domiciliario con exhibición del original o boletín
de nomenclatura catastral o última declaración o recibo del impuesto
predial pagado.
En caso de inscripción o actualización en calidad de responsable del
impuesto sobre las ventas del régimen común o como importador o
exportador, salvo que se trate de un importador ocasional, se deberá
presentar constancia de titularidad de una cuenta corriente o de ahorros
activa o último extracto de la misma.
- Para sucesiones ilíquidas: fotocopia del documento de identidad
de quien realiza el trámite, con exhibición del original, y original de un
recibo de servicio público domiciliario o boletín de nomenclatura catastral.
- Para consorcios y uniones temporales: fotocopia del
documento de identidad de quien realiza el trámite, con exhibición del
original, original de un recibo de servicio público domiciliario o boletín de
nomenclatura catastral y copia del acta de adjudicación de la licitación o
del contrato. La titularidad de la cuenta corriente o de ahorros podrá
corresponder a uno de sus miembros.
Para ampliar información puede acceder al portal de la entidad
www.dian.gov.co o a las líneas gratuitas nacional 01 8000 129080 y en
Bogotá 3256800.


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